La mitad de los bienes le corresponderán al cónyuge e hijos, en caso que el hijo haya fallecido, el derecho de la herencia pasa a los hijos del hijo fallecido, para ello hay que ver la proporcionalidad que le corresponde a cada heredero según lo estipula la ley. Esto es obligatorio y no puede ser modificado en su testamento.
- Cuarto de mejoras puede distribuirlos como mejor le parezca pero sólo pueden ir destinados a alguna de las personas que tienen derecho a heredar (cónyuge, hijos, nietos, ascendientes como padres, abuelos, ect.
- Cuarto de libre disposición, puede distribuirlos como quiera y a quien quiera, pero esto debe realizarse mediante un testamento.